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Políticas y Garantías

Existes dos momentos de pago
¿Qué Garantías ofrece e-Traders?

En caso de extravío de cargas, e-Traders cuenta con seguros comprometidos con un tope de 1.000 USD sin costo para usted. En caso de que el valor de su producto sea superior, tendrá un cobro adicional opcional. Procederemos a realizar una cotización por concepto de seguros para cada encomienda superior a los 1.000 USD. Esta solicitud debe ser solicitada por el cliente o dueño de la mercadería cada vez que lo necesite. Es importante aclarar que no se incluyen perdidas por causas de fuerza mayor, por causas ajenas a nuestra empresa, tales como confiscaciones o problemas que ocurran en aduanas, no funcionamiento o mal estado de los productos, etc.

Las compras y/o encargo NO tienen devolución, es decir, e-Traders sólo importa lo que cada cliente individual requiere y como servicio adicional sólo ofrece la gestión de compra y cotización. e-Traders es sólo un importador, es decir una empresa de servicios; no posee representación alguna de productos o marcas determinadas en Chile, solo prestamos el servicio de traslado de cargas de USA a Chile.

Por esta misma razón no tenemos ningún tipo de garantía sobre los productos, nosotros como empresa solo hacemos las gestiones para conseguir precios y flete al menor costo posible. Queda fuera de nuestro alcance cualquier tipo de problema que pueda haber en origen (con proveedor) en cuanto a la calidad, estado, velocidad o capacidad de stock del proveedor. Nuestra misión es dar el mejor servicio posible, por lo tanto se harán todas las gestiones necesarias para tratar de solucionar cualquier tipo de inconveniente que se le presente.

¿Qué mercancías puedo importar?

Puede importarse cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras. En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo, en forma previa, ante el respectivo organismo.

¿Qué mercancías requieren visaciones, certificaciones o vistos buenos para su importación y que e-traders NO importa dentro de su servicio normal courier?

Todas aquellas mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, deban ser sometidas a control previo a su importación por algún organismo del Estado. A modo de ejemplo se mencionan las siguientes:

MERCANCÍA ORGANISMO
Armas de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas, inflamables, asfixiantes y sus derivados o relacionados, etc. Dirección General de
Movilización Nacional
www.dgmn.cl
Material escrito o audiovisual relativo a las artes marciales destinado a la enseñanza, sin limitación alguna, cualquiera que sea la persona, establecimiento o entidad que efectúe la operación y sus derivados o relacionados, etc. Dirección General de
Movilización Nacional
www.dgmn.cl
Alcoholes, bebidas alcohólicas, vinagres y sus derivados o relacionados, etc. Servicio Agrícola y Ganadero
www.sag.gob.cl
Productos vegetales y mercancías que tengan el carácter de peligrosas para los vegetales y sus derivados o relacionados, etc. Servicio Agrícola y Ganadero
www.sag.gob.cl
Animales, productos, subproductos y despojos de origen animal o vegetal y sus derivados o relacionados, etc. Servicio Agrícola y Ganadero
www.sag.gob.cl
Fertilizantes, pesticidas y sus derivados o relacionados, etc. Servicio Agrícola y Ganadero
www.sag.gob.cl
Productos o subproductos alimenticios de origen animal o vegetal y sus derivados o relacionados, etc. Ejemplo madera en cualquiera de sus formas, sin importar que sean tratadas o terminadas. Servicio Agrícola y Ganadero
www.sag.gob.cl
Productos alimenticios de cualquier tipo y sus derivados o relacionados, etc. Servicio de Salud
Productos farmacéuticos o alimenticios de uso médico y/o cosmético y sus derivados o relacionados, etc. Servicio de Salud
Estupefacientes y sustancias psicotrópicas que causen dependencia y sus derivados o relacionados, etc. Servicio de Salud
Sustancias tóxicas o peligrosas para la salud y sus derivados o relacionados, etc. Control Alimentos
Elementos o materiales fértiles, fisionables o radioactivos, sustancias radioactivas, equipos o instrumentos que generan radiaciones ionizantes y sus derivados o relacionados, etc. Comisión Chilena de Energía Nuclear
www.cchen.cl
Recursos hidrobiológicos, cualquiera sea su estado de desarrollo, incluidas las especies de carácter ornamental y sus derivados o relacionados, etc. Subsecretaría de Pesca
www.subpesca.cl
Productos pesqueros y sus derivados o relacionados, etc Subsecretaría de Pesca
www.subpesca.cl
Equipos de radiocomunicaciones. Requieren autorización previa de uso de banda de transmisión y sus derivados o relacionados, etc. Subsecretaría de Telecomunicaciones
www.subtel.cl
Restos humanos o cenizas de incineración de los mismos y sus derivados o relacionados, etc. Ministerio de Salud, Hospital San Juan de Dios
Desperdicios y desechos de pilas, baterías y acumuladores; desechos de cinc, de plomo, de antimonio, berilio, cadmio, cromo, de productos farmacéuticos, de disolventes orgánicos y sus derivados o relacionados, etc. Ministerio de Salud
www.minsal.cl
Especies de fauna y flora silvestres protegidas por el Convenio CITES y sus derivados o relacionados, etc. Autoridad definida de acuerdo al artículo IX de la Convención
www.cites.org
¿Qué mercancías no puedo importar?
  • Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes)
  • Motos usadas.
  • Neumáticos usados y recauchados.
  • Asbesto en cualquiera de sus formas.
  • Pornografía
  • Desechos industriales tóxicos.
  • Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
  • Otras mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar.
¿Qué debo hacer para importar una mercancía?

Dependiendo del valor de la mercancía el proceso de importación tiene dos sistemas:

a) Para las mercancías sin carácter comercial, hasta por un valor de US$ 1.500 FOB, y para las mercancías con carácter comercial, hasta por un valor de US$ 1.000 facturado: el trámite lo puede hacer personalmente el importador ante la Aduana respectiva, en forma simplificada. En este caso, el importador debe presentar los siguientes documentos:

  • Conocimiento de embarque original o documento que haga sus veces, según la vía de transporte.
  • Factura comercial
  • Poder notarial del dueño o consignatario para un despacho determinado, en los casos en que la persona que trámite sea un tercero.
  • Vistos Buenos o Certificaciones cuando procedan.

EL HORARIO Y LUGAR DE ATENCION DEBE SER CONSULTADO A LA ADUANA RESPECTIVA

b) Si el valor de la mercancía supera los US$1.000 valor FOB: el importador debe contratar un agente de aduanas. En el caso en que el desaduanamiento de las mercancías deba ser encomendado a este profesional, el importador deberá entregar a éste los documentos de base que se requieren para confeccionar la Declaración de Ingreso, la que podrá ser presentada al Servicio, vía Internet. Respecto de los documentos de base, es necesario precisar, que existen algunos que son obligatorios para toda importación con carácter comercial, y otros documentos que se requieren sólo en determinadas ocasiones. Dentro de los documentos obligatorios para toda importación con carácter comercial se encuentran los siguientes:

  • Conocimiento de embarque original, carta de porte o guía aérea, que acredite el dominio de la mercancía por parte del consignatario.
  • Factura comercial original, que acredite la mercancía objeto de compraventa y sus valores.
  • Declaración Jurada del importador sobre el precio de las mercancías, formulario que entrega el agente de aduanas.
  • Mandato constituido por el sólo endoso del original del conocimiento de embarque.

Dentro de los documentos que se requieren sólo para ciertas operaciones de importación se encuentran los siguientes:

  • Certificado de Origen, en caso que la importación se acoja a alguna preferencia arancelaria, en virtud de un Acuerdo Comercial.
  • Lista de empaque, cuando proceda, correspondiendo siempre en caso de mercancías acondicionadas en contenedores.
  • Certificado de seguros, cuando el valor de la prima no se encuentre consignado en la factura comercial.
  • Nota de Gastos, cuando éstos no estén incluidos en la factura comercial.
  • Permisos, visaciones, certificaciones o vistos buenos, cuando proceda.
¿Qué tributos deben pagar las importaciones? (***)

Por regla general, las importaciones están afectas al pago del derecho ad valorem (6%) sobre su valor CIF (costo de la mercancía + prima de el seguro + valor del flete de traslado)y pago del IVA (19%) sobre su valor CIF más el derecho ad valorem.

EJEMPLO DE CÁLCULO:

  • Valor CIF US $1.000,00
  • Derecho ad valorem (6% de 1.000) US $ 60,00
  • IVA (19%) (sobre 1.060,00) US $ 201,40.
    TOTAL TRIBUTOS ADUANEROS US $ 261,40

En algunos casos, dependiendo de la naturaleza de la mercancía, se requiere pagar impuestos especiales, sobre la misma base impositiva (valor CIF + derecho ad valorem ). En otras ocasiones, las mercancías están afectas aderechos específicos , de acuerdo a los rangos que en cada caso se establecen (por ejemplo: trigo y azúcar). En los casos en que se autoriza su importación, las mercancías usadas pagan un recargo adicional del 3% sobre su valor CIF, además de los tributos a los que están afectas, según su naturaleza. En caso de mercancías originarias de algún país con el cual Chile ha suscrito un acuerdo comercial, el derecho ad valorem puede quedar libre o afecto a una rebaja porcentual.

¿Qué mercancías deben pagar impuestos adicionales?

Mercancías afectas al pago de impuestos adicionales en su importación, con un impuesto adicional de 15% ( sobre el valor aduanero de la mercancía + derecho ad valorem) se pueden mencionar:

  • Artículos de oro, platino y marfil.
  • Joyas, piedras preciosas naturales o sintéticas.
  • Alfombras finas y tapices finos, calificados como tales por el Servicio de Impuestos Internos.
  • Pieles finas, calificadas como tales por el Servicio de Impuestos Internos, manufacturadas o no.
  • Conservas de caviar y sus sucedáneos.
  • Armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, con excepción de las de caza submarina.
  • Vehículos casa rodantes autopropulsados.

Con un impuesto adicional de 50%( sobre el valor aduanero de la mercancía + derecho ad valorem):

  • Artículos de pirotecnia, tales como fuegos artificiales, petardos y similares, excepto los de uso industrial, minero o agrícola o de señalización luminosa.
  • Vehículos casa rodantes autopropulsados.

Con otros impuestos:

  • Bebidas alcohólicas
  • Tabacos
¿Qué gravámenes aduaneros afectan a la importación de automóviles?
  • Derecho ad valorem: 6% del valor CIF del vehículo.
  • IVA: 19% sobre la base valor CIF + derecho ad valorem.

EJEMPLO DE CÁLCULO:

  • Valor FOB US $25.000
  • Flete marítimo US $2.325
  • Seguro (2%) estimado US $500
  • TOTAL VALOR CIF US $27.825

TRIBUTOS:

  • 1 Derecho ad valorem (6% de US $27.825) = US $1.669,50
  • 2 IVA (19% sobre US $(27.825+1.669,50) = US $5.603,96
    TOTAL TRIBUTOS A PAGAR (derecho ad valorem + IVA): US $7.273,46
¿Cuáles son los impuestos adicionales vigentes a las bebidas alcohólicas y no alcohólicas?

Las bebidas alcohólicas y no alcohólicas pagan, además del derecho ad valorem e IVA, los siguientes impuestos adicionales, según producto:

PRODUCTO IMPUESTO
Aguas minerales, bebidas artificiales y jarabes. 13%
Vinos, champaña, sidra y cervezas. 15%
Licores, piscos, whisky, aguardientes y destilados, incluidos los vinos licorosos o aromatizados similares al vermouth. 17%

La base impositiva sobre la cual se calcula el impuesto adicional es el valor CIF + derechos aduaneros.

EJEMPLO DE CÁLCULO IMPORTACION DE WISKY:

  • Valor CIF : US $1.000,00
  • Derecho ad valorem (6% sobre el valor CIF): US $ 60,00
  • Impuesto adicional (27% sobre US $1060,00) : US $ 286,20
  • IVA (19% sobre US$ 1060) : US $ 201,40

TOTAL IMPUESTOS A PAGAR US $ 547,60

(derecho ad valorem + IVA + impuesto adicional)

¿Cuál es el impuesto a los tabacos y cómo se calcula?

La importación de tabacos está afecta a los siguientes impuestos, según su variedad:

TABACO IMPUESTO
Cigarros puros 52,6%
Cigarrillos Impuesto Especifico de 0,0000675 UTM por cigarrillo, y un impuesto de 62,3% sobre el precio de venta consumidor, incluido impuestos, por paquete.
Tabaco elaborado 59,7%

Base Impositiva: Precio de venta público
Procedimiento de cálculo: 1 Se determina la base del impuesto en dólares USA. Para ello se emplea la siguiente fórmula:

A X B = BASE DEL IMPUESTO EN PESOS
A= Total cajetillas
B= Precio por cajetilla declarado por el importador ante el Servicio de Impuestos Internos mediante declaración jurada.
Tipo de cambio julio 2011: $ 472,96
Valor UTM Julio 2011: $38.441

EJEMPLO DE CÁLCULO:

  • 100 cajetillas a $1.000 c/u.
  • 100 x 1.000 = $100.000
  • $100.000 : 472,96 = US $211,43 ($472,96 tipo de cambio julio 2011)

Luego se determinan:

  • 100 cajetillas a $1.000 c/u.
  • 100 x 1.000 = $100.000
  • $100.000 : 472,96 = US $211,43 ($472,96 tipo de cambio julio 2011)

a) El monto del impuesto: US $211,43 X 62,3% = US $ 131,72
b) El monto del impuesto específico: US$ 38.441 x 0,0000675= 2,59: 472,96 = 0,0055 x 2000 (cantidad de cigarrillos) = US$ 10,97 SE FIJA LA BASE IMPONIBLE DEL IVA (valor CIF + derecho ad valorem + impuesto adicional + impuesto especifico)

  • Valor CIF US $2.000
  • Derecho ad valorem (%6) US $120
  • Impuesto Adicional US $131,72
  • Impuesto específico US $10,97
  • TOTAL BASE IMPONIBLE DEL IVA US $2.262,69 X 19% = US $429,91
  • IVA 19% = US $429,91

Cálculo completo de los tributos que afectan a la importación:

  • Valor CIF US $2.000
  • Derecho ad valorem (6%) US $120,00
  • Impuesto Adicional 60,4% US $131,72
  • Impuesto específico US $10,97
  • IVA 19% US $429,91

TOTAL DE TRIBUTOS A PAGAR: US $692,60

¿Qué gravámenes aduaneros se pagan en la importación de computadoras?

En virtud del artículo C-07 del TLC Chile-Canadá, la importación de las máquinas y aparatos para el tratamiento o procesamiento de datos, se encuentra libre de derechos de aduana por aplicación de la cláusula de la nación más favorecida, siendo irrelevante el origen o procedencia de la mercancía. De esta forma, los computadores sólo pagan el IVA (19%). En el caso de los computadores usados procedentes de USA y Corea no pagan el recargo por uso; sólo pagan el IVA sobre el valor CIF.

¿Qué derechos aduaneros pagan la importación de libros y revistas?

La importación de libros, revistas y otros impresos para la lectura, cultura o estudio se encuentran libres del pago del derecho ad valorem en virtud de la aplicación del Tratado de Uruguay. Sin embargo, la importación de libros, folletos, diarios, revistas, composiciones musicales y demás publicaciones periódicas, siempre deben pagar el IVA. Los beneficios de este tratado, se extienden a todos los libros e impresos editados en países que forman parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en virtud de la Cláusula de la Nación Más Favorecida. Por expresa disposición del Convenio, quedan excluidos del beneficio los libros que tiendan a realizar propaganda que afecte al orden político, social o moral de los países signatarios, o que sean de publicidad.

(***) Como regla general y para carga general e-TRADERS en su servicio de consolidación de carga aérea y marítima, ofrece un servicio “all in” de internación. Se cancela el 30% del valor CIF de la mercadería y esto incluye:

  • Pago de impuestos y aranceles aduaneros.
  • Agencia de aduanas haciendo la Internación de la carga ya sea que necesite o no de un agente para su internación.
  • Almacenaje y manejo en puerto o aeropuerto.
  • Carga entregada en la ciudad de Santiago.
  • Cualquier tipo de carga que requiera de un tratamiento especial tanto como para su flete como para su internación se cotizará caso a caso y no podrá incluirse en nuestro servicio de “Internación all in”.
  • La empresa se reserva el derecho de mantener los documentos de internación y entregar una factura o boleta, según lo requiera el cliente, de venta de los servicios prestados traspasando todos los costos y pagos incurridos al dueño final de la mercadería.

NO obstante lo anterior, e-TRADERS tarifica el proceso de Internación y usted puede revisarlo en nuestra sección “costos, medios y momentos de pago” Por regla general e-TRADERS considera cualquier tipo de mercancía que requiera algún tipo de manejo especial, internación o tramitación especial, etc. como mercadería “especial” y este tipo de situaciones se cotizan caso a caso y no tienen relación alguna con las tarifas mencionadas en la calculadora, o en el punto “costos, medios y momentos de pago. Para cualquier requerimiento que necesite una tramitación adicional o especial ya sea para su legal internación al pais o para el transporte es obligatorio que el cliente se contacte con la empresa notificando la situación antes de realizar la compra de los productos en cuestión.”.

e-TRADERS NO manipula elementos orgánicos en cualquiera de sus formas, ya sea para consumo humano, animal o vegetal y tampoco de origen humano, animal o vegetal!

Para los fletes Internacionales e-TRADERS se rige por:

IATA: https://www.iata.org/
FIATA: International Federation of Freight Forwarders Associations https://www.fiata.com/
TSA: Transportation Security Administration https://www.tsa.gov/
FMC: Federal Maritime Commission https://www.fmc.gov/